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Para pensar

03Oct

Para pensar

03/10/2022 - Ramiro Montes

Regímenes de información para el Agro ¿Como quedan a partir de las últimas modificaciones impuestas por la AFIP?



Con la publicación reciente de la Resolución General conjunta (MAGPyA-AFIP) Nº 5236 se estableció para los productores agropecuarios nuevas obligaciones de información, las cuales comprenden informar la producción de granos (cosecha fina y gruesa) y las existencias de trigo. Es importante aclarar que estos nuevos regímenes descriptos se adicionan a los ya existentes y serán aplicables  a partir de la campaña agrícola 2022/2023.

 Recordemos que los regímenes de información ante AFIP para el sector agropecuario se encuentran bajo la órbita del SISA (Sistema de Información Simplificado Agrícola), este tiene como objetivo la unificación de registros y regímenes informativos (SENASA, INASE y AFIP), la simplificación de los trámites y carga de datos, la sistematización, calificación objetiva y el mantenimiento de la capacidad de control fiscal. Es un sistema que reemplazó a los registros y regímenes informativos anteriores vinculados a la actividad de producción y comercialización de granos y semillas en proceso de certificación (cereales y oleaginosas) y legumbres. A continuación exponemos en detalle como quedan a partir de la campaña 2022/2023 los regímenes de información para el agro ante la AFIP:




Es importante remarcar la necesidad de informar correctamente los regímenes a los fines de evitar trastornos al momento de trasladar los granos como así también al momento de comercializarlos. Además el incumplimiento total o parcial de los regímenes de información impedirá la registración de contratos conforme lo establecido por la RG 3744, hasta tanto se subsane el incumplimiento, motivará las sanciones previstas en la Ley de Procedimiento Tributario 11.683 y determinará la recategorización de la calificación en el SISA.

Conclusión

Como se puede observar con el dictado de la Resolución General Conjunta mencionada anteriormente se incorporan al productor la obligación de informar las producciones de granos finos y gruesos de cada campaña, como así también el stock de trigo al 28/2 de cada año. Esto se traduce en mayores obligaciones de información para el sector, lo cual implica disponer de mayores recursos para poder cumplimentar con todas las exigencias del fisco y en mayores controles fiscales.

 

Ramiro Montes

Contador Público

Magister en Administración de Empresas

Miembro de la Asociación Argentina de Estudios Fiscales

www.estudiomontes.com.ar

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