19Jun
El mundo y los negocios
19/06/2026 - Ramiro Montes
¿En qué consiste Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral y cuáles son sus beneficios?
El Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), establecido por la Ley 27.802 y reglamentado mediante el Decreto 315/2026 y la Resolución General ARCA 5844/2026, reduce sustancialmente las contribuciones patronales durante 48 meses para las nuevas contrataciones del sector privado.
Tiene como objetivo principal incentivar la contratación registrada de trabajadores que se encuentran en situación de desempleo o informalidad y reducir significativamente los costos laborales de las empresas.
Principales características y beneficios del régimen
- Vigencia del beneficio: Aplica para las nuevas relaciones laborales que se inicien y registren ante la ARCA entre el 1° de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027, inclusive.
- Alcance: Los empleadores obtienen una fuerte reducción de las cargas sociales (en más de un 85 %) durante los primeros 4 años de cada nueva contratación.
- Destino: Empleadores del sector privado. Es importante tener presente que aquellos sujetos que se hayan inscripto como empleadores ante el fisco a partir del 10 de diciembre de 2025, podrán gozar del beneficio pero con un tope: solo podrán incluir en el RIFL hasta el 80% de su nómina de trabajadores; si estuvieran inscriptos antes de la fecha mencionada pueden adherir al RIFL a todos los nuevos trabajadores que contraten, sin tope alguno.
- Trabajadores alcanzados: El beneficio abarca a personas previamente adheridas al Régimen Simplificado (Monotributo), independientes o trabajadores sin registro formal previo. Un aspecto a tener en cuenta, para aquellas personas desempleadas: no tienen que haber tenido empleo en los últimos 6 meses previos al mes de alta laboral; para los empleados no registrados: no pueden haber tenido relación laboral registrada en el sector privado al 10 de diciembre de 2025; y en el caso de los monotributistas: estar adherido al régimen simplificado para pequeños contribuyentes y no haber tenido trabajo en blanco en los últimos 6 meses o nunca antes del 10/12/25.
- El esquema mantiene flexibilidad para los trabajadores, quienes podrán complementar sus ingresos tanto dentro del régimen general como a través del monotributo.
- Procedimiento de alta: Para acceder al beneficio, los empleadores deben utilizar el código de modalidad de contratación "710 - Régimen de Incentivo para la Formalización Laboral – Ley 27.802" a través del sistema Simplificación Registral de ARCA.
- Asimismo, en el sistema “Declaración en línea”, se deberá consignar ese mismo código a efectos de la determinación nominativa de aportes y contribuciones, y sistema aplicará automáticamente las alícuotas reducidas
Como se puede observar en términos operativos, el régimen establece una fuerte reducción de la carga contributiva.
Las alícuotas aplicables serán:
∙ 2 % destinado al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), Fondo Nacional de Empleo y Asignaciones Familiares.
∙ 3 % correspondiente al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).
Este esquema implica una disminución sustancial respecto de las contribuciones vigentes, lo que mejora la ecuación económica de la contratación formal. Es importante remarcar que la reducción alcanza a las contribuciones con destino al SIPA, INSSJP, Fondo Nacional de Empleo y Régimen de Asignaciones Familiares, conforme lo previsto en el artículo 159 de la ley.
Conclusión
Tal como analizamos, el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) es altamente recomendable y beneficioso para los empleadores del sector privado, ya que su principal ventaja es una reducción importante de los costos laborales, reduciendo las contribuciones patronales durante un plazo extendido de 48 meses de la relación laboral, lo cual permite mejorar márgenes de rentabilidad, teniendo en consideración la alta incidencia laboral en los costos fijos de las organizaciones.
Ramiro Montes
Contador Público
Magister en Adm. de Empresas
Miembro de la A.A.E.F
Fundador de Estudio Montes & Asoc.