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Para pensar

17Jul

Para pensar

17/07/2023 - Ramiro Montes

Últimas novedades para el sector agropecuario. Se crea el Programa de Asistencia Impulso Tambero 2. Modificaciones en el Registro de Producción Primarias de la Provincia de Santa Fe ( RUUP ).



En los últimos días se aprobaron distintas resoluciones y decretos de impacto directo en el sector  agropecuario, a saber:

Por un lado, y a través de la Resolución (ME) 979/2023, se crea el programa de asistencia impulso tambero 2 que tiene como objetivo asistir económicamente a los pequeños y medianos productores tamberos con el fin de incrementar la oferta de leche, optimizar sus sistemas productivos y mejorar su rentabilidad.
El beneficio recae sobre aquellos productores tamberos que registren un promedio diario de producción de hasta SIETE MIL LITROS (7.000) de leche cruda durante el período abril 2022 a marzo 2023.

Para la determinación del promedio de litros diarios se tomará el total de litros declarados ante la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, en el período mencionado anteriormente y se lo dividirá por TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365).

Respecto de la asignación del beneficio será de carácter mensual por un término de DOS (2) meses y para su determinación se observarán las siguientes pautas:

a) A los beneficiarios de la Categoría 1 le corresponderá una asignación de PESOS VEINTE ($ 20) por litro de leche, y a los de la Categoría 2 un monto de PESOS QUINCE ($ 15) por litro de leche.

b) En ningún caso la asignación mensual será superior a PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000) para ambas categorías.

c) Para la determinación de la asignación mensual se multiplicará el promedio de litros diarios por TREINTA (30). Si el resultado no superare el límite establecido en el inciso precedente, determinará el monto de la asignación mensual; en caso contrario, la asignación mensual quedará limitada a la suma de PESOS OCHOCIENTOS MIL ($ 800.000).

d) La asignación mensual se liquidará por DOS (2) períodos mensuales consecutivos.

Los productores interesados deberán, en el plazo de QUINCE (15) días hábiles administrativos, a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de mencionada resolución:

1-      Ingresar a través del servicio “SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA - AUTOGESTIÓN SAGyP” del sitio “web” de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) (http://www.afip.gob.ar), mediante la utilización de la Clave Fiscal

2-       Solicitar expresamente el beneficio en el marco del citado Programa.

3-      Autorizar a la referida ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS   PÚBLICOS a suministrar a la Autoridad de Aplicación la información correspondiente.

4-      Constituir domicilio en una casilla de correo electrónico que será válida a todos los efectos legales, notificaciones y requerimientos de información que disponga la Autoridad de Aplicación en el marco del referido Programa.

5-       Indicar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) de una cuenta bancaria en moneda PESOS a su nombre.

6-      Ingresar aquellos datos que la Autoridad de Aplicación considere necesarios para una correcta tramitación del beneficio.

Cumplidos los requisitos de admisibilidad del trámite por el interesado y sobre la base de la información proporcionada por la mencionada ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y la obrante en el Sistema Integrado de Gestión de la Lechería Argentina (SIGLEA), la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA aprobará mediante el dictado de una resolución la nómina de beneficiarios y determinará las compensaciones correspondientes y los fondos serán depositados en la CBU declarada al efecto por el productor.

Modificaciones en el Registro Unico de Producciones Primarias en la Provincia de Santa Fe.

 

¿Qué modificaciones introdujo el decreto (Santa Fe) 1013/2023 al Registro Único de Producciones Primarias?

Vale la pena recordar que mediante el decreto (Santa Fe) 1724/2017 se creó el “Registro Único de Producciones Primarias” ( RUPP), destinado, a concentrar todas las gestiones e información relativa a las actividades productivas primarias que sean desarrolladas por personas humanas o jurídicas en el ámbito local.

Por otra parte, y  recientemente se aprobó el decreto (Santa Fe) 1013/2023 que introdujo modificaciones  en el Registro y entre los considerando del mismo se señala lo siguiente: a) Que dicha base registral procuró simplificar y disminuir la cantidad de trámites y documentación en hojas de papel requerida para las diferentes actuaciones administrativas, suplantando la diversidad de registros existentes anteriormente y su consecuente multiplicidad de trámites; b) Que el Registro ha sido diagramado en aras de recabar información oportuna para la toma de decisiones estatales y el desarrollo de las políticas públicas consecuentes; c) Que como herramienta de gestión política-pública resulta elemental que la información disponible en dicho registro resulta representativa de la producción primaria actual en el territorio.


Como podemos observar el Estado Provincial reconoce que a pesar de los objetivos planteados, la realidad evidencia que los índices de registración de productos agropecuarios en la plataforma son exiguos y que ello, en gran parte, se debe a que la periodicidad y condiciones de carga de documental –estipuladas en el Anexo Único del acto mencionado– hacen del procedimiento un trámite que podría simplificarse. Por tal motivo a efectos de brindar exactitud en los datos de la materia e incentivar a los productores a la oportuna registración de actividades, se propone disminuir los momentos de carga  documental en dos fechas: mayo y noviembre de cada año, vinculados a los momentos de cosecha y siembra e intención de siembra de los principales cultivos de gruesa y de fina.

Por lo cual, a través del artículo 1° del decreto (Santa Fe) 1013/203 se procedió a modificar la fecha de presentación de la información. El inciso 2) del Anexo Único quedó redactado de la siguiente manera: “2. Las cargas en el sistema registral se realizarán en los meses de mayo y noviembre, durante la segunda quincena del mes”.

 

Ramiro Montes

Contador Publico             

Magister en Administración de Empresas

Miembro de la Asociación Argentina de Estudios Fiscales

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