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Para pensar

02Jun

Para pensar

02/06/2025 - Ramiro Montes

¿En qué consiste "IVA Simple", el nuevo sistema que implementará ARCA de forma obligatoria?



A través de la Resolución General 5705/2025 publicada este lunes en el Boletín Oficial ARCA reglamentó el nuevo régimen denominado “IVA Simple”.

Este nuevo régimen consiste en un procedimiento que unifica el registro y la declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado en un único formulario, el F. 2051

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció que implementará en forma progresiva el sistema 'IVA Simple', un sistema diseñado para optimizar la carga y presentación de la declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado.

Se implementará por etapas en los próximos meses, transformándose en obligatorio a partir del mes de noviembre.

El objetivo primordial de ‘“IVA Simple” radica en la unificación de la información fiscal del contribuyente, mediante la precarga de datos que requerirán confirmación o modificación a través de ajustes específicos. Esta metodología busca simplificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, disminuyendo la incidencia de errores y los tiempos dedicados a procesos administrativos.

El objetivo central de 'IVA Simple' es consolidar la información fiscal del contribuyente, precargando datos que deberán ser confirmados o modificados a través de ajustes específicos.

Este nuevo régimen unifica el registro y la declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en un único formulario, el F. 2051, reemplazando y dejando sin efecto a los F. 731, F. 810, F. 2002 y F. 2082, y simplificando así la diversidad de presentaciones requeridas hasta ahora.

Estructura de la nueva DDJJ

La declaración jurada se compone de tres módulos interconectados, cada uno con una función específica:

1- Registración: Permite la gestión de los débitos y créditos fiscales. En este módulo el contribuyente realizará la registración de las operaciones de compras y ventas, para ello:

    - ARCA pondrá a disposición facturas y demás comprobantes emitidos y recibidos

    - Se podrá realizar importación de datos de tu propio sistema administrativo/ contable

    - Se podrán efectuar las modificaciones que sean necesarias

Además se registraran los ajustes al débito y crédito fiscal que correspondan (perfeccionamiento de hechos imponibles, créditos fiscales por contribuciones de Seguridad Social, etc) , se completarán las aperturas por actividad, en forma manual o por importación de archivo, finalizando la registración y continuando al siguiente módulo.

2- Determinación: Basado en la información registrada en el módulo anterior, el sistema procede al cálculo automático de la obligación tributaria, determinando el monto de IVA correspondiente al período fiscal.

3- Saldo a Ingresar: Finalizada la determinación, este módulo muestra el resultado de la declaración, indicando el monto neto a pagar a ARCA o, en su caso, el saldo a favor que podrá ser utilizado o solicitado según la normativa vigente.

Cronograma de Implementación

ARCA definió un cronograma progresivo para la adopción del sistema, que contempla etapas de prueba, uso optativo y obligatoriedad general:

Las adecuaciones del servicio denominado "PORTAL IVA" a los efectos de confeccionar el F. 2051 se encontrarán disponibles a partir del 30 de junio de 2025.

Uso optativo: podrá utilizarse el servicio denominado "PORTAL IVA", para la generación y presentación de las declaraciones juradas F. 2051 -originales o rectificativas- por los períodos fiscales junio 2025 a octubre 2025, en sustitución de los formularios F. 731 o F. 810 generados a través del programa aplicativo denominado "I.V.A. - Versión 6.0" o formulario "F. 2002 IVA por Actividad", según corresponda.

Por su parte, para los citados períodos se deberá utilizar el F. 2051, u opcionalmente el F. 731 o "F.2002 IVA por Actividad", en sustitución del formulario F. 2082.

Para los sujetos que opten por efectuar la presentación de las declaraciones juradas F. 2051 mediante el "PORTAL IVA", no regirá la obligación de registración electrónica de sus operaciones por dichos períodos, mediante el "Libro de IVA Digital".

Uso obligatorio (Sistema completo): el sistema 'IVA Simple' y la presentación exclusiva a través del formulario F. 2051 serán obligatorios para todos los contribuyentes a partir del período devengado de noviembre.

Conclusión

Con la implementación del Iva Simple una nueva etapa comienza para la determinación y el pago del Impuesto al Valor Agregado, sobre la base de una liquidación predeterminada.

Actualmente ARCA cuenta en sus bases con la totalidad de los datos que conforman la determinación y liquidación del tributo, lo cual hace posible poner a disposición del responsable una propuesta de declaración jurada, otorgándole la posibilidad de aprobarla o considerar su modificación.

Con este nuevo sistema se busca la simplificación de la determinación y liquidación del IVA, permitiendo precargar datos, optimizar tiempos y reducir errores en la declaración del Impuesto al Valor Agregado.

Podemos concluir que la nueva declaración jurada de IVA se transformará en un proceso más ágil, transparente y automatizado, en línea con los objetivos de modernización tributaria pretendidos por ARCA.



Ramiro Montes

Contador Público

Magister en Administración de Empresas

Miembro de la Asociación Arg. de Estudios Fiscales

Fundador de Montes y Asoc.

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